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El presente Reglamento tiene por objeto la regulación, el control y la vigilancia en la fabricación, formulación, comercialización y utilización de los plaguicidas, de acuerdo a las normas establecidas por los organismos competentes en toda la Republica de Venezuela.
Gaceta Oficial No. 34.877 del 8 de enero de 1.991. Decreto N° 1.847 del 19 de septiembre de 1991.